Qué hacer después del fallecimiento de un adulto mayor: trámites paso a paso
Una lista para los días y semanas después de la partida de tu familiar: la residencia (garantía, saldos y efectos personales), el certificado de defunción, la cuota mortuoria, la pensión de sobrevivencia y la posesión efectiva. Información general y dónde hacer cada trámite.
Publicada el 24 de octubre de 2026 · Revisada por el equipo de Plenior
Lo sentimos mucho. Esta lista no tiene apuro: está para que no tengas que recordar todo de memoria en un momento difícil. Hazla a tu ritmo, y si puedes, repártela entre varias personas de la familia.
Es información general, no asesoría legal. Para tu caso concreto, consulta en cada institución o con un abogado. La Corporación de Asistencia Judicial orienta gratis a quienes cumplen sus requisitos (Metropolitana, O’Higgins, Maule y Magallanes; en las demás regiones: Arica a Antofagasta, Atacama a Valparaíso y Biobío a Aysén).
Los primeros días
- Certificado de defunción. La defunción se inscribe en el Registro Civil; la funeraria suele ayudar con este paso. Pide varias copias del certificado: lo vas a necesitar en casi todos los trámites que siguen.
- Guarda las boletas y facturas del funeral. Sirven para pedir la cuota mortuoria.
Si vivía en una residencia
- Pide la liquidación por escrito. Qué se pagó, qué queda pendiente y qué corresponde devolver. Revisa qué dice el contrato sobre la mensualidad del mes en curso.
- Garantía. Si se pagó una garantía o un mes adelantado, pregunta en qué plazo se devuelve y qué se descuenta, y pide el detalle por escrito.
- Efectos personales. Acuerda una fecha para retirarlos y pide un inventario. Pregunta también por los medicamentos que quedaron y por las ayudas técnicas propias (silla de ruedas, andador, cama).
- Si hay un desacuerdo con la residencia por saldos o la garantía, puedes reclamar en el SERNAC.
Las semanas siguientes
- Cuota mortuoria. Es un beneficio que ayuda a pagar el funeral a quien lo costeó, si la persona era pensionada o afiliada a un sistema de pensiones. Se pide en el Instituto de Previsión Social, en ChileAtiende o en su AFP, según corresponda, con el certificado de defunción y las boletas del funeral.
- Pensión de sobrevivencia. Algunos familiares (por ejemplo, cónyuge, conviviente civil, hijos y, en ciertos casos, padres) pueden tener derecho a una pensión, según los requisitos de su sistema de pensiones. Consulta en ChileAtiende o en su AFP.
- Avisa al banco y a las instituciones. Bancos, isapre o Fonasa, compañías de seguros y la caja de compensación, si tenía.
- Cancela servicios a su nombre: telefonía, internet, suscripciones y servicios básicos de su vivienda, si corresponde.
La posesión efectiva
Para que los herederos puedan acceder a los bienes (cuentas, propiedades, vehículos) hay que tramitar la posesión efectiva. Si no hay testamento, se hace en el Registro Civil; si lo hay, en un tribunal. Antes de iniciarla, reúne los certificados y un listado de sus bienes.
Para ti
Cuidar a alguien hasta el final cansa, aunque no se note de inmediato. Si lo necesitas, revisa la guía de apoyo emocional para cuidadores.
Si estás preparando estos temas con tiempo, también te puede servir la guía de trámites legales antes de que sea tarde.
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